viernes, junio 15, 2007

La criminalización del trabajador


Últimamente aparecen en la prensa/radio/televisión, con bastante frecuencia, noticias sobre la cantidad de dinero que pierden las empresas a causa de bajas fraudulentas de los trabajadores. El hecho de repetirlo una y otra vez pretende crear una sensación de posicionamiento de los trabajadores de falsa responsabilidad.

Es decir, se busca criminalizar al trabajador, que no falte al curro, que "comprenda" que le empresa pierde dinero si falta. Puede producir incluso miedos por los perjuicios que conlleve su ausencia al trabajo. También genera disputas y comentarios acerca del trabajador que se ausente, poniendo a sus compañeros del lado del capital de la empresa.

Lo que no aparece en la prensa/radio/televisión son los abusos ilegales que justamente realiza la empresa sobre los trabajadores cuando debe remunerar por ley sus ausencias por enfermedad o accidente. En este sentido, la asesoría jurídico-laboral-sindical para trabajadores y trabajadoras CAES ha publicado un artículo para informar sobre estas situaciones. A continuación cito textualmente parte de su contenido:

"Se están generalizando las prácticas abusivas de la Mutuas al decidir suspender el abono de la prestación por la baja. Un ejemplo de práctica abusiva: cuando la empresa ha concertado la gestión económica de la Incapacidad Temporal con una Mutua, ésta se hace cargo del abono a partir del 15 día de la baja hasta que la persona de baja esté en condiciones de trabajar según la Mutua, aunque el médico que emitió el original parte de baja siga renovándolo porque estime que aún no procede el alta.

Esta actuación de las Mutuas y de las empresas con las que mantienen el concierto para esa gestión de las Incapacidades Temporales, es una práctica ilegal y coloca a los trabajadores en una situación muy difícil por los perjuicios que origina el no percibir la prestación de ese periodo. Ante esta situación, muchos trabajadores deciden solicitar al alta aunque no se encuentren curados. La falta de abono se puede y se debe recurrir ante los Juzgados pero son procedimientos que tardan varios meses en sustanciarse por lo que no evita la indefensión del trabajador ante esa práctica ilegal de las mutuas y la empresa.

Estas prácticas son contrarias a derecho, dado que las mutuas no pueden dejar de abonar las prestaciones si no existe alta médica expedida por los servicios médicos del INSS. La Mutua podrá proponer a los servicios médicos del INSS que den el alta al trabajador pero no pueden dejar de pagar la prestación."

El texto completo puede leerse en: http://www.nodo50.org/caes/articulo.php?p=1015&more=1&c=1

Que no se nos tome el pelo con falsas noticias. Saludetes, currantes.
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